Imprudencia grave y menos grave | Sentencia del Tribunal Supremo

13/02/2025

El Tribunal Supremo ha resuelto un recurso de casación interpuesto por un conductor condenado por provocar un accidente de tráfico en el que fallecieron dos personas. Inicialmente, se le impusieron dos delitos leves de homicidio por imprudencia menos grave, pero la Audiencia Provincial elevó la calificación a dos delitos de homicidio por imprudencia grave, aumentando así la pena. Ante esto, el conductor recurrió alegando que su conducta no debía considerarse imprudencia grave.

Imprudencia grave vs. imprudencia menos grave: la clave del caso

El debate central en este caso gira en torno a la distinción entre imprudencia grave e imprudencia menos grave. La sentencia del Tribunal Supremo subraya que esta diferenciación no depende únicamente del resultado del accidente, sino de la gravedad de la infracción del deber de cuidado que debe respetar todo conductor.

Desde la reforma del artículo 142 del Código Penal (introducida por la LO 2/2019 y actualizada por la LO 11/2022), los criterios para valorar el grado de imprudencia en la conducción han sido clarificados:

1. ¿Cuándo se considera imprudencia menos grave?

·       Se asocia a infracciones graves de tráfico.

·       Implica un incumplimiento de las normas de cuidado, pero sin un nivel de desatención extremo.

·       Ejemplo: Exceso de velocidad moderado en una vía sin tráfico intenso.

2. ¿Cuándo se considera imprudencia grave?

·       Se da cuando la conducta supone una infracción clara y evidente de las normas de cuidado.

·       No basta con constatar una infracción de tráfico, sino que deben analizarse factores como:

o   El tiempo disponible para evitar el peligro.

o   La consciencia del riesgo asumido.

o   La omisión deliberada de acciones para prevenir el accidente.

El caso analizado: imprudencia grave confirmada

En este caso, el Tribunal Supremo confirma la existencia de imprudencia grave por parte del conductor. Se determinó que no solo rebasó un semáforo en rojo, sino que tuvo dos oportunidades previas para frenar y evitar la colisión. Su decisión de continuar la marcha, a pesar de ser plenamente consciente del riesgo, fue clave para la calificación de la conducta como grave.

La defensa argumentó que se trató de un despiste o una distracción momentánea, lo que encajaría en la imprudencia menos grave. Sin embargo, el tribunal concluyó que el conductor actuó con pleno conocimiento de la situación de peligro, lo que excede los márgenes de una simple falta de atención.

Conclusión del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo desestima el recurso y mantiene la condena impuesta por la Audiencia Provincial. Este fallo refuerza la doctrina de que no todas las infracciones graves de tráfico suponen automáticamente una imprudencia menos grave. Lo determinante es el grado de conciencia del riesgo y la gravedad del incumplimiento del deber de cuidado.

Esta sentencia servirá de referencia para futuros casos en los que se deba distinguir entre imprudencia grave e imprudencia menos grave en accidentes de tráfico con víctimas mortales.

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